Asambleas Virtuales de Propietarios en Propiedad Horizontal: Videoconferencias

  1. En Colombia, el uso de videoconferencias en las asambleas de propiedad horizontal está regulado por la Ley 675 de 2001, que establece el régimen de propiedad horizontal. Aunque esta ley no menciona específicamente las videoconferencias, su artículo 42 permite que las asambleas se celebren de manera presencial o virtual, siempre y cuando se asegure la participación efectiva de todos los propietarios y se cumplan con los requisitos de convocatoria y quórum establecidos.

    Además, la Resolución 298 del 2021 emitida por la Superintendencia de Notariado y Registro de Colombia establece directrices para la celebración de asambleas virtuales y el uso de herramientas tecnológicas en el marco de la propiedad horizontal. Entre las principales disposiciones se encuentran:

    Asegurar la Participación y la Identificación: Debe garantizarse que todos los propietarios puedan participar de manera efectiva en la asamblea virtual y que se puedan identificar claramente durante la misma.

    Seguridad y Transparencia: Es fundamental implementar medidas de seguridad cibernética para proteger la integridad de la información y los datos personales de los participantes. Asimismo, se deben mantener registros detallados de la reunión virtual y de las decisiones adoptadas.

    Convocatoria y Quórum: La convocatoria a la asamblea virtual debe cumplir con los mismos requisitos de notificación y quórum que una asamblea presencial, garantizando así la validez de los acuerdos adoptados.

    Acceso a la Información: Todos los documentos y materiales pertinentes deben estar disponibles para consulta previa a la asamblea virtual, asegurando la transparencia y la debida preparación de los propietarios.

    Es importante que las comunidades de propiedad horizontal en Colombia se adhieran a estas normativas y directrices para asegurar que las videoconferencias sean utilizadas de manera efectiva y legal, promoviendo así la inclusión, la eficiencia y la participación democrática en la toma de decisiones comunitarias.

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